miércoles, 10 de octubre de 2007

TEXTO DE LA CARTA DIRIGIDA A LOS SENADORES GARCIA, ESCALONA Y NOVOA.

San Miguel , 08 de Octubre del 2007

Honorable Senador
Pte.


Mis más cordiales saludos.
En relación al informe de la Comisión de Hacienda recaído en el Proyecto de Ley, en primer trámite constitucional que establece un sistema de incentivos al desempeño de los Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público, cabe hacer presente, en mi calidad de Presidenta de la Asociación de Funcionarios de la Fiscalia Regional Metropolitana Sur, los siguiente:
Como representante de una Asociación de carácter regional se me excluyó a mi y a mis directores de participar realizando observaciones al mentado proyecto, sin que la ley 19.296, sobre Asociaciones de Funcionarios de la Administración del Estado haga diferencia alguna entre una de carácter nacional y una regional, en cuanto a lo que a derechos de participación se refiere, a mayor abundamiento, dicha ley no expresa en ninguno de sus artículos que un dirigente nacional, ostentando el cargo que fuere, esta en condiciones de arrogarse absoluta representatividad en negociaciones de índole remuneracional o de cualquier otra índole.
La misma discriminación afectó a la Asociación Regional de Atacama, que agrupa a las Fiscalias Locales de la tercera región, incluida su Fiscalia Regional con sede en Copiapó.
Lo anterior no se condice con la plena participación que deben tener las agrupaciones gremiales en la redacción de un proyecto que incide directamente en la calidad salarial de todos los funcionarios, sin distinguir a que tipo de Asociación se encuentran adscritos, dejando sin voz a quienes han escogido dirigentes regionales que los representen en absoluta conformidad a la ley.
Por esta circunstancia y otras que detallaré más adelante, esta dirigente y los demás integrantes de las directivas de las Asociaciones Regional Metropolitana Sur y de Atacama, consideramos inaceptable un régimen transitorio para el año 2008 que sólo alcanza un escuálido 1.9% de aumento de sueldos no disminuye en absoluto la brecha remuneracional que se mantiene en relación a los miembros del poder judicial, que perciben en cargos similares rentas superiores a las canceladas por el Ministerio Público, ya que es costumbre instaurada en calidad de política asignar el grado económico más bajo que permita el estamento al contratar a un funcionario, es así como a modo de ejemplo se señala que el grado XVII de las Escala de Sueldos del Poder Judicial en dicho servicio, se entrega al estamento auxiliar, y en el Órgano Prosecutor al estamento inmediatamente superior, es decir al administrativo.
Asimismo el referido Ministerio exige a sus funcionarios la jornada máxima de horas semanales, conforme al Código Del Trabajo, no obstante el poder judicial mantiene una jornada de 8:00 A.M. a 16:00 P.M., regidos por el Estatuto Administrativo, lo que les permite asimismo percibir asignación profesional incluso en los estamentos auxiliar y administrativo, cosa que no ocurre por cierto en el Ministerio Público, generando una de las mayores diferencias salariales s entre ambas organizaciones.

Estas situaciones, entre otras, develan claramente que la mixtura de elementos del Código del Trabajo con un mínimo de artículos del Estatuto Administrativo, bajo la cual se rigen los funcionarios del Ministerio Público, sólo viene a establecer una situación de permanente desventaja en relación al Poder Judicial, lo que se contradice con el espíritu de la ley Orgánica de nuestra Institución, que al homologarnos a las Escala de Sueldos del Poder Judicial, pretende precisamente colocarnos en igualdad de condiciones, sobretodo en el ámbito remuneracional, situación que por lo ya descrito nos e cumple en absoluto y viene a agravarse con la falta de inmediatez de los beneficios que el Poder Judicial recibirá con derecho retroactivo a contar del 1° de Abril de este año.
Asimismo se señala que no se contempla en la redacción un bono de término de conflicto para nuestros funcionarios.
Igualmente consideramos sino la peor, una de las peores diferencias el hecho que nuestros representantes no incidan en los programas anuales de Gestión de Metas a diferencia del Poder Judicial.
El Ministerio Público tiene un altísimo nivel de deserción a los cargos, con las pérdidas sociales, económicas y de calidad de gestión que ello conlleva, los tiempos de inducción para personal que debe asumir polifuncionalidad que en estos momentos sustenta a la Organización no pueden ser breves, y aún cuando la mayoría de los funcionarios ostentan títulos de educación superior y demuestran un nivel de compromiso que no viene más que a refrendar su profesionalismo, consideramos que esta realidad se acerca peligrosamente a la idea de personal eventualmente desechable, situación inconcebible en un Gobierno que aspira, según ha señalado el propio Ministro de Hacienda, aspira a ser desarrollado el año 2020.
Nuestra idea de desarrollo país por entregar a las personas condiciones laborales que les permitan desarrollarse como seres integrales con horarios y cargas de trabajo que les permitan un sano desarrollo integral, con derecho a un trabajo estable, que entregue oportunidades de ascenso basadas en el mérito, con remuneraciones de acuerdo a su preparación académica y el esfuerzo realizado en las tareas asignadas, en esta caso, por el Estado, que sea ese mismo Estado, quien entregue la pauta a seguir en políticas de Recursos Humanos, un área esencial en la gestión de organizaciones públicas modernas en un país que aspira a alejarse del sub-desarrollo definitivamente.
Pedimos se reconozcan los justo requerimientos de un Órgano que aspira justificadamente a mejoras que no son más que la natural consecuencia de su madurez, tanto a nivel interno como externo.



ES JUSTICIA



PAULINA RUIZ
PRESIDENTA

ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS
FISCALIA METROPOLITANA SUR

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